Título IX Reclamación

Si ha sido víctima o testigo de un comportamiento discriminatorio en una escuela de Carolina del Sur, tiene derecho a presentar una denuncia en virtud del Título IX para remediar el comportamiento ofensivo.

¿QUÉ ES EL TÍTULO IX?

El Título IX se aprobó en 1972. Su objetivo era eliminar la discriminación de género en el sistema educativo. Hasta ahora, la ley se ha interpretado de forma amplia en el sistema judicial. Se utiliza para ayudar a frenar la discriminación en los deportes, las actividades extracurriculares, los estudios, las admisiones y el acoso sexual o la violencia sexual en las escuelas que reciben financiación federal.

¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA DENUNCIA EN VIRTUD DEL TÍTULO IX?

Cualquier persona que haya visto pruebas de discriminación por razón de género contra otra persona o un grupo de personas en una escuela u otro tipo de centro educativo que reciba financiación federal. No hace falta ser una víctima para presentar una denuncia.

¿CUÁNDO HAY QUE PRESENTAR UNA DENUNCIA?

En general, una denuncia en virtud del Título IX debe presentarse en un plazo de 180días a partir de la fecha de discriminación. Este plazo puede ampliarse si tiene una razón de peso. Si ha presentado una denuncia interna de acuerdo con el proceso existente en el centro educativo, usted dispondrá de 60 días después del último acto cometido por el centro educativo infractor para presentar su denuncia.

¿QUÉ DEBO INCLUIR EN MI DENUNCIA EN VIRTUD DEL TÍTULO IX?

Debe haber suficiente información para que un investigador comprenda lo que ha sucedido y el daño que ha causado la discriminación. Su queja debe describir qué tipo de discriminación se ha cometido, quién ha sido la víctima de la misma, cuándo y dónde se ha cometido, y a quién debe dirigirse para obtener más información. Si está presentando una denuncia, debe incluir su información de contacto, así como la información de contacto de la escuela que cometió la ofensa. Aunque usted proporcione información personal, la Oficina de Derechos Civiles mantendrá esta información confidencial.

¿CÓMO SE PRESENTA?

Puede iniciar el procedimiento siguiendo los procedimientos de reclamo de la institución educativa donde se produjo la ofensa. Esta podría ser una forma más rápida de resolver el problema, pero no siempre es así. Para presentar formalmente una queja en virtud del Título IX en Carolina del Sur, puede presentar un formulario en línea, por correo electrónico o por correo postal.

La Oficina de Derechos Civiles tiene formularios en su sitio web que puede utilizar. La Oficina de Derechos Civiles decidirá entonces si se necesita más información. Si así fuera, se pondrán en contacto con usted y le pedirán información adicional. A partir de aquí, la Oficina de Derechos Civiles se encargará de todo y comenzará la investigación.

¿NECESITO UN ABOGADO DE CAROLINA DEL SUR?

Si usted cree que sus derechos bajo el Título IX han sido violados, puede contactar con los abogados del bufete de abogados de Bannister, Wyatt & Stalvey, L.L.C. de Greenville, Carolina del Sur, para discutir su caso individual y obtener asesoramiento sobre los pasos a seguir para proteger sus derechos bajo la ley.

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